DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
30 DE OCTUBRE DEL 2020.
Acuerdo 115/2020 – Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
Karina Ramírez Arras, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2020, mediante el siguiente
ACUERDO
Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2020, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible | Porcentaje de Estímulo |
Gasolina menor a 91 octanos | 0.00% |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles | 0.00% |
Diésel | 0.00% |
Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2020, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible | Monto del estímulo fiscal (pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.000 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles | $0.000 |
Diésel | $0.000 |
Las cuotas para el periodo comprendido del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2020, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible | Cuota (pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $4.950 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles | $4.180 |
Diésel | $5.440 |
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 29 de octubre de 2020.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.
Link de consulta: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639888&fecha=31/12/2021

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